El modelo 720 vulnera el principio de libre circulación de capitales

Hoy jueves, día 27 de enero, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado sentencia en el asunto C-788/19, relativo a la obligación de los residentes fiscales en España a declarar sus bienes o derechos situados en el extranjero (Modelo 720) declarando que la legislación española es contraria al Derecho de la Unión.

 

  • En primer lugar, entiende que España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la libre circulación de capitales al disponer que el incumplimiento o el cumplimiento imperfecto o extemporáneo de la obligación informativa relativa a los bienes y derechos situados en el extranjero tiene como consecuencia la imposición de las rentas no declaradas correspondientes al valor de esos activos como «ganancias patrimoniales no justificadas», sin posibilidad, en la práctica, de ampararse en la prescripción.

 

  • En segundo lugar, el Tribunal de Justicia considera que España también ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la libre circulación de capitales al sancionar el incumplimiento o el cumplimiento imperfecto o extemporáneo de la obligación informativa relativa a los bienes y derechos situados en el extranjero con una multa proporcional del 150 % del impuesto calculado sobre las cantidades correspondientes al valor de los bienes o derechos poseídos en el extranjero. Esta multa puede acumularse con multas de cuantía fija que se aplican a cada dato o conjunto de datos omitidos, incompletos, inexactos o falsos que deban incluirse en el «modelo 720»

 

  • En tercer lugar, el Tribunal de Justicia declara que el legislador español incumplió asimismo las obligaciones que le incumben en virtud de la libre circulación de capitales al sancionar el incumplimiento o el cumplimiento imperfecto o extemporáneo de la obligación informativa relativa a los bienes y derechos situados en el extranjero con multas de cuantía fija cuyo importe no guarda proporción alguna con las sanciones previstas para infracciones similares en un contexto puramente nacional y cuyo importe total no está limitado.

 

Comunicado de prensa Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Sentencia de 27 de febrero de 2022 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea