Prevención de blanqueo de capitales

España ha endurecido sus reglas y normas para la prevención de blanqueo de capitales. De esta forma, se ha ampliado el alcance de la normativa afectando a un gran número de actividades y profesiones.

Entendemos por blanqueo de capitales aquellas actividades encaminadas a inyectar en circulación económica, capitales u otros activos cuyo origen proviene de cualquier actividad delictiva mediante el encubrimiento de un origen lícito. Este tipo de acciones puede tener serias repercusiones legales, financieras, de imagen y reputación.

Contamos con un equipo especializado en esta temática capaz de resolver todas las dudas y ayudar a aplicar la nueva ley de protección de datos a la perfección.

Qué ofrecemos

Los sujetos obligados a cumplir con la prevención de blanqueo de capitales deben implementar una política expresa de admisión de clientes que incluirá:

  • Exigir su identificación
  • Recabar información relacionada con sus actividades empresariales o profesionales
  • Implantar las medidas necesarias que permitan comprobar su veracidad
  • Establecer procedimientos y órganos de control y comunicación internos que habrán de ser evaluados por un experto externo.

La auditoría de cumplimiento de procedimiento de prevención de blanqueo de capitales está orientada a controlar riesgos derivados del incumplimiento de estas obligaciones legales y ofrecer una visión actualizada de la aplicación de las normas obligatorias como son:

  • Identificación de clientes

  • Implantación de medidas preventivas de control

  • Notificación de operaciones sospechosas de blanqueo

Nuestro equipo de expertos en prevención de blanqueo de capitales ofrecen cursos de formación en los que:

  • Nos aseguramos que los participantes se familiaricen con el Reglamento de la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y
    de la problemática del blanqueo de capitales, su naturaleza, características y diferentes tipologías.
  • El objetivo final es que nuestros clientes incorporen la aplicación de estas normas en sus respectivas empresas a fin de
    evitar la imposición de multas y sanciones por el incumplimiento de las mismas.

Los sujetos obligados a cumplir la ley de prevención de blanqueo de capitales incluye a los siguientes:

  • Entidades de crédito
  • Entidades aseguradoras – ramo vida
  • Fundaciones y Asociaciones
  • Sociedades y Agencias de valores
  • Sociedades de inversión (exceptuando las encomendadas a una SGIIC)
  • SGIIC y Fondos de pensiones
  • Sociedades gestoras de cartera
  • Sociedades emisoras de Tarjetas de Crédito
  • Sociedades gestoras de entidades de capital riesgo
  • Sociedades de capital riesgo cuya gestión no esté encomendada a una sociedad gestora
  • Personas físicas/jurídicas con actividad de cambio de moneda o gestión de transferencias
  • Casinos de juego
  • Actividades de promoción inmobiliaria, agencia, comisión o intermediación en la compraventa de inmuebles
  • Personas físicas/jurídicas que actúen como auditores, contables externos o asesores fiscales
  • Notarios, abogados y procuradores (cuando actúen en determinadas operaciones)
  • Actividades de comercio de joyas, piedras y metales preciosos
  • Actividades de comercio de objetos de arte y antigüedades
  • Actividades de inversión filatélica y numismática
  • Actividades de transporte profesional de fondos o medios de pago
  • Actividades de giro/transferencia internacional
  • Comercialización de loterías y juegos de azar

Las obligaciones que los sujetos obligados a cumplir la ley de prevención de blanqueo de capitales deben cumplir incluyen:

  • Identificación de clientes
  • Examen especial de determinadas operaciones
  • Conservación de documentos
  • Comunicaciones de operaciones sospechosas
  • Declaración mensual obligatoria
  • Cumplimentación de la información requerida por el Servicio Ejecutivo
  • Abstención de ejecución de operaciones
  • Deber de confidencialidad
  • Medidas de control interno
  • Órganos de control interno y de comunicación
  • Procedimiento de comunicación de operaciones sospechosas y respuesta a requerimientos
  • Formación de los sujetos obligados y su personal
  • Exención de responsabilidad en relación con las sucursales y filiales en el extranjero

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