Reducción temporal del tipo de IVA

Con fecha 21 de septiembre de 2022 se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la energía, en la aplicación del régimen retributivo a las instalaciones de cogeneración y se reduce temporalmente el tipo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados combustibles.

Este Real Decreto-ley establece entre otras medidas,  de forma excepcional y transitoria, una serie de reducciones:

  • Reducción del 21 al 5 por ciento, en el tipo impositivo del IVA que recae sobre todos los componentes de la factura de las entregas de gas natural, con el objeto de minorar su importe.
  • Reducción desde el 21 al 5 por ciento, en el tipo impositivo del IVA que recae sobre las entregas de briquetas y pellets procedentes de la biomasa y a la madera para leña utilizados en sistemas de calefacción.

El Real Decreto-ley 17/2022, entrará en vigor en el día de hoy. No obstante, el tipo reducido del 5 por ciento sobre las entregas de gas natural, briquetas, pellet y madera para leña, será de aplicación desde el 1 de octubre de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022.

Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre