Nuevos plazos de formulación y aprobación de las Cuentas Anuales

El Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo incluye importantes novedades en los plazos de formulación y aprobación de las Cuentas Anuales que entraron en vigor el 28 de mayo. Estas modificaciones incluyen:

  • La obligación de formular las cuentas anuales (tanto ordinarias como abreviadas, individuales o consolidadas) y demás documentos exigibles según la legislación de sociedades, queda suspendida, disponiéndose que el plazo de 3 meses para formular las cuentas anuales comenzará a contarse desde el 1 de junio de 2020.
  • Adicionalmente, se reduce el plazo de aprobación de las referidas cuentas anuales formuladas por la Junta General a 2 meses, en lugar de los 3 meses anteriores.

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