Exención de AJD en escrituras de formalización de moratorias de determinadas operaciones

Se restablece la exención en el gravamen de Actos jurídicos documentados (AJD) a las escrituras de formalización de las moratorias de préstamos y créditos hipotecarios y de arrendamientos, préstamos, leasing y renting sin garantía hipotecaria que se produzcan en aplicación de la moratorias hipotecarias aplicables:

a) para el sector turístico, regulada en los artículos 3 a 9 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo, y 

b) para el sector del transporte público de mercancías y discrecional de viajeros en autobús, regulada en los artículos 18 al 23 del Real Decreto-ley 26/2020 de 7 de julio, de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto del COVID-19 en los ámbitos de transportes y vivienda.

Esta exención fue establecida en el Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto, posteriormente derogada por acuerdo publicado en el BOE el 11/09/2020.

Ahora, mediante el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre (publicado en el BOE de 30 de septiembre de 2020) se reintroduce en su disposición final 2 la referida exención.