Declaración operaciones superiores a 3.005,06 €

Durante el mes de febrero deberá presentar en la Delegación o Administración de Hacienda de su domicilio fiscal una declaración anual de operaciones con terceras personas con las que haya superado la cifra de 3.005,06 euros en su conjunto durante el año 2012.

La información sobre las operaciones realizadas deberá desglosarse trimestralmente a excepción de las cantidades percibidas en metálico, que se suministrarán en términos anuales.

En caso de producirse modificaciones en el importe de las operaciones, el nuevo importe deberá consignarse en el trimestre en que tenga lugar la devolución, descuento, bonificación, modificación de la base imponible por insolvencias, etc, que origine la modificación.

Como novedad para el año 2012, están exentas de presentación las entidades adscritas al régimen de devolución mensual del IVA (REDEME).