Los trámites de la reforma fiscal del Ministro Montoro se han completado con la publicación en el BOE del viernes 28 de Noviembre del texto completo de la Ley 26/2014. Los cambios son significativos, y seguramente te afecten de una u otra forma. Pero, ¿cómo puedes beneficiarte lo más posible de esta reforma? Te contamos a continuación algunos consejos que te pueden hacer ahorrar bastante dinero.
Vender una vivienda
En el post anterior te explicábamos en detalle el funcionamiento de los coeficientes de abatimiento y de actualización, y cómo puedes saber si te interesa más vender tu vivienda antes del 1 de enero. Como norma general es interesante vender esta vivienda antes de 2015 si la adquiriste antes de 1994 y además tiene un precio de venta superior a 400.000 €.
Si la casa la compraste después de esta fecha o su precio de venta es inferior es probable que te beneficies ligeramente de algunas reducciones a partir del 1 de enero.
Por otra parte, si ya peinas canas y estás próximo a cumplir los 65, es mejor que esperes un poco, ya que a partir de esta edad las ganancias patrimoniales están exentas de tributación, con un límite de 240.000 €, si se destina el importe obtenido en la venta a constituir una renta vitalicia.
Alquilar una vivienda
Si lo tuyo no es comprar y vender viviendas, y te interesa vivir de alquiler, es mejor que formalices el contrato antes de lo que queda de año, ya que las deducciones por alquiler de vivienda habitual desaparecen con la reforma.
Amortización anticipada parcial de hipoteca
Y seguimos con el tema de la vivienda. Si tienes una vivienda con hipoteca comprada antes del 1 de Enero de 2013 te conviene realizar una amortización anticipada hasta el límite máximo de deducción, 9.040 € / año, lo que mejorará tu desgravación en el IRPF. Habla con tu banco o caja para comprobar que tu hipoteca no tiene comisiones por amortización anticipada.
Aportaciones a planes de pensiones
Si tienes un plan de pensiones, te recomendamos que hagas aportaciones antes de que acabe el año, ya que el año que viene cambian tanto los límites máximos de aportación (que se reducen) como las tarifas en el IRPF (que aumentan). Habla con tu banco o caja para que te informe convenientemente.
Venta de bienes de menos de un año
Los técnicos del Ministerio de Hacienda recomiendan esperar a 2015 para vender bienes de menos de un año, ya que tributarán en la base del ahorro a tipos fijos, del 21, 25 y 27 %.
Cobro de dividendos
Si tienes la suerte de cobrar dividendos por una actividad empresarial has de saber que a partir del año que viene la exención de tributación de los primeros 1.500 € de este dividendo desaparece, por lo que es conveniente hablar con la empresa para que te pague este dividendo antes de que finalice el año.
Retribuciones en especie
Si recibes ciertos beneficios o bienes en concepto de retribución en especie, es probable que a partir del año que viene te interese cobrar más cantidad en especie que en dinero. Para que te hagas una idea, si recibes como retribución en especie un vehículo de empresa es muy aconsejable que sea energéticamente eficiente, ya que en este caso se puede deducir hasta el 30% de la retribución.
Existen algunos detalles más de los que te puedes beneficiar, pero que dependen de tu situación particular familiar y personal. Te recomendamos que consultes con tu asesor de confianza para que te informe convenientemente.
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