Garantías de liquidez para sostener la actividad económica ante las dificultades transitorias consecuencia de la situación extraordinaria generada por el COVID-19

El Real Decreto Ley 8/2020 regula en su artículo 29 como instrumento para garantizar la liquidez para sostener la actividad económica ante la situación extraordinaria generada por el COVID-19 el establecimiento de una línea de avales para las empresas y autónomos por un importe máximo de 100.000 euros que serán otorgados por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para la cobertura, por cuenta del Estado, a la financiación otorgada por entidades financieras a empresas y autónomos. Se trata de avales a la financiación que sea concedida por entidades financieras para atender las necesidades derivadas de:

a)    la gestión de facturas,

b)    necesidades de circulante,

c)    vencimientos de obligaciones financieras o tributarias u

d)    otras necesidades de liquidez.