El Real Decreto Ley 8/2020 regula en su artículo 29 como instrumento para garantizar la liquidez para sostener la actividad económica ante la situación extraordinaria generada por el COVID-19 el establecimiento de una línea de avales para las empresas y autónomos por un importe máximo de 100.000 euros que serán otorgados por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para la cobertura, por cuenta del Estado, a la financiación otorgada por entidades financieras a empresas y autónomos. Se trata de avales a la financiación que sea concedida por entidades financieras para atender las necesidades derivadas de:
a) la gestión de facturas,
b) necesidades de circulante,
c) vencimientos de obligaciones financieras o tributarias u
d) otras necesidades de liquidez.